Las acciones y normas para el Manejo y la Prevención del Fuego en Áreas Rurales y Forestales, dentro de la jurisdicción de la Provincia de Entre Ríos se establecen en la Ley 9868/08, y su Decreto Reglamentario 3186/09. Dicha Ley determina que la Autoridad de Aplicación sea la Secretaría de Medio Ambiente –
la SECRETARÍA-, y dispone que, para cumplir sus objetivos, elabore un Plan Anual de Lucha contra el Fuego -el PLAN- y un Mapa de Zonificación de Riesgos.
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